Introducción
Las normativas Española (Veri*factu) y Vasca (TicketBAI) de fiscalización han sido introducidas en el mercado. Con diferentes fechas límite, las autoridades Españolas (Agencia Estatal de Administración Tributaria y las Haciendas Forales) imponen que los TPV (Terminal de Punto de Venta) cumplan con determinados requisitos funcionales y técnicos. Estos requisitos están formando la base de la operación anti-fraude de los TPV y las cajas registradoras en España, incluyendo el País Vasco.
Al utilizar SIGN ES, cumplirás con la normativa legal mediante una integración sencilla.
SIGN ES es una solución independiente de plataforma y puramente software. SIGN ES es una RESTful API. Lo único que necesitas para integrar SIGN ES es una conexión estable a internet.
Sobre Verifactu
Verifactu se refiere a software que cumple con la Ley Antifraude, el Real Decreto 1007/2023 que establece los requisitos para los sistemas informatizados o electrónicos que soportan procesos de facturación, y la Orden Ministerial HAC/1177/2024 del 17 de octubre, que establece las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido para los sistemas de facturación.
Verifactu se aplica a:
- Empresas, profesionales y autónomos en toda España que no estén sujetos al sistema SII (Suministro Inmediato de Información).
- El suministro de bienes y la prestación de servicios, en operaciones B2B y B2C.
- Ventas en tienda física y en línea.
- Facturas emitidas en papel y/o electrónicas.
Los contribuyentes con residencia fiscal en el País Vasco están sujetos a la normativa TicketBAI. Los contribuyentes con residencia fiscal en Navarra aún no están sujetos a la fiscalización.
El proceso básico para cumplir con Verifactu consiste en:
1) El sistema de facturación o punto de venta cumple con la Ley Antifraude, lo que incluye estar equipado con un software que cumpla con las normativas de Verifactu.
2) Se genera un archivo XML para cada factura emitida, firmado electrónicamente mediante un certificado electrónico. Este archivo contendrá las huellas correspondientes de Verifactu: encadenamiento con el archivo previamente generado e información sobre el software utilizado.
3) En cumplimiento con el Modo Verifactu, los archivos XML se envían automáticamente a la Agencia Tributaria Española (AEAT).
4) La factura emitida incluye la frase de Verifactu y el código QR.
La API SIGN ES opera únicamente en Modo Verifactu, con transmisión en tiempo real de los archivos XML de Verifactu a la Agencia Tributaria.
Sobre TicketBAI
TicketBAI es un proyecto común del Gobierno Vasco y las Haciendas Forales de las tres provincias: Álava, Guipúzcoa y Vizcaya. TicketBAI es un sistema de fiscalización a través de software que está diseñado para prevenir la manipulación de la información y de este modo, evitar el fraude fiscal
TicketBAI aplica a:
- Todas las personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades económicas dentro de la competencia normativa de las Haciendas Forales Vascas en el IRPF o IS, de acuerdo con lo previsto en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco (Ley 12/2002, de 23 de mayo)
- Las entregas de bienes y prestaciones de servicios, en operaciones B2B y B2C.
- La venta presencial y online.
- La emisión de facturas en formato papel y/o electrónico.
El proceso básico para cumplir con la obligación TicketBAI consiste en:
1) El sistema de facturación o TPV debe estar equipado con un software garante de TicketBAI.
2) Se crea un fichero XML o “Fichero TicketBAI” que se firma electrónicamente a través de un certificado digital. Este archivo contendrá las correspondientes “Huellas TicketBAI”: encadenamiento con el archivo generado previamente e información sobre el software utilizado.
3) Los archivos TicketBAI se envían automáticamente a las respectivas Haciendas Forales.
4) La factura emitida contiene el código TicketBAI y código QR.
Una vez que integres SIGN ES API, estarás cumpliendo con TicketBAI.
Sobre BATUZ
BATUZ es la iniciativa de la Hacienda Foral de Bizkaia que utiliza nuevas tecnologías en la lucha contra el fraude fiscal. Su implementación exige que todas las personas que realicen actividades económicas en Bizkaia utilicen un sistema adaptado a TicketBAI, un software de facturación que cumple con requisitos específicos de transparencia en la declaración de ventas realizadas.
BATUZ está conformado por tres iniciativas:
1) TicketBAI: Su implementación garantizará que cada factura emitida sea declarada.
2) Requisito de mantener los libros de LROE (Libro Registro de Operaciones Económicas).
3) Elaboración de borradores de IVA, Sociedades y Renta: con la información remitida la Hacienda foral preparará borradores para las personas físicas y jurídicas.
SIGN ES cumple con todos los requisitos exigidos por TicketBAI y posibilita el envío del subcapítulo de facturas emitidas del LROE. Sin embargo, demás responsabilidades asociadas a los puntos 2 y 3 recaen en el contribuyente.
Sobre LROE
Todas las personas o entidades que lleven a cabo actividades económicas en territorio español y que estén sujetas al IRPF, Impuesto de Sociedades o el IRNR en Vizcaya, están obligadas a presentar los LROE. El modelo 140 corresponde a las personas físicas, mientras que las personas jurídicas y contribuyentes no residentes con establecimiento permanente deberán presentar el modelo 240. Estos formularios sirven como declaraciones a las autoridades fiscales, donde las personas y empresas informan sus ingresos, gastos y facturas.
En SIGN ES, la distinción entre particulares y empresas se realiza automáticamente según la estructura del NIF (tax_number
). El tipo de entidad correspondiente se asignará en la respuesta después de crear un nuevo contribuyente.
Estructura del LROE
El LROE se estructura según los siguientes capítulos y subcapítulos:
Modelo 140 | Modelo 240 |
---|---|
1 - Ingresos y facturas emitidas 1.1 - Ingresos con facturas emitidas con software garante 1.2 - Ingresos con facturas emitidas sin software garante 1.3 - Ingresos sin factura | 1 - Facturas emitidas 1.1 - Facturas emitidas con software garante 1.2 - Facturas emitidas sin software garante |
2 - Gastos y facturas recibidas 2.1 - Gastos con factura 2.2 - Gastos sin factura | 2 - Facturas recibidas |
3 - Bienes afectos o de inversión 3.1 - Alta de bienes afectos o de inversión 3.2 - Mejora de bienes afectos o de inversión 3.3 - Baja de bienes afectos o de inversión 3.4 - Regularización anual de bienes de inversión | 3 - Bienes de inversión |
4 - Determinadas operaciones intracomunitarias 4.1 - Transferencias intracomunitarias, informes periciales y otros trabajos 4.2 - Venta de bienes en consigna | 4 - Determinadas operaciones intracomunitarias 4.1 - Transferencias intracomunitarias, informes periciales y otros trabajos 4.2 - Ventas de bienes en consigna |
5 - Criterio de caja / Criterio de cobros y pagos 5.1 – Cobros 5.2 - Pagos | 5 - Criterio de caja 5.1 - Cobros 5.2 - Pagos |
6 - Provisiones y suplidos | 6 - Otra información con trascendencia tributaria 6.1 - Importes superiores a 6.000 euros percibidos en metálico 6.2 - Operaciones de seguros 6.3 - Agencias de viajes |
7 - Otra información con trascendencia tributaria 7.1 - Variación de existencias 7.2 - Arrendamientos de locales de negocios 7.3 - Transmisiones de inmuebles sujetas a IVA 7.4 - Importes superiores a 6.000 euros percibidos en metálico | |
8 - Agrupaciones de bienes 8.1 - Alta de agrupaciones de bienes 8.2 - Baja de agrupaciones de bienes |
Preguntas Frecuentes
Las preguntas frecuentes pueden consultarse en support.fiskaly.com.
Primeros Pasos
Comienza fácilmente utilizando nuestra Guía rápida.